Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad

Artículo 3

Considera ilícita la publicidad dirigida a menores que:

  • Les incite a la compra de un bien o de un servicio explotando su inexperiencia o credulidad, o en la que aparezcan persuadiendo de la compra a padres o tutores.
  • Les presente, sin un motivo justificado, en situaciones peligrosas.
  • Pueda inducirse a error sobre las características de los productos, o sobre su seguridad, o sobre la capacidad y aptitudes necesarias en el niño para utilizarlos sin producir daño para sí o a terceros.