¿Cómo proteger eficazmente a los menores ante los contenidos perjudiciales?
- limitaciones a la emisión
- sistemas de verificación de edad.
- sistemas de control parental.
- Calificación de los contenidos.
Control desde la creación | Etiquetado de contenidos | Limitaciones a la difusión |
Control desde la difusión | Verificación de edad | |
Control desde la recepción | Control Parental |
Limitaciones a la difusión
Presenta diferentes modalidades, como la no difusión de contenidos perjudiciales para los menores:
- En determinadas franjas horarias, propia de los servicios de comunicación audiovisual televisiva de emisión lineal o de recepción simultánea (como la televisión tradicional, gratuita o de pago).
- En determinados soportes y canales, o vinculados a determinados programas o catálogos de programas, dirigidos al público infantil (como la oferta bajo demanda en las televisiones o en las plataformas IPTV, OTT y de compartición de vídeos en línea).
- Aplicando un criterio mixto, impidiendo el acceso a determinados contenidos audiovisuales bajo demanda durante algunos momentos del día.
Variedades de la limitación de la difusión se aplican también en otros ámbitos. Por ejemplo, no proyectando contenidos o tráilers para adultos en las sesiones de cine aptas para los menores, o no difundiendo vídeos para adultos en los transportes públicos.
Verificación de edad
Propia de los servicios de comunicación interactivos, obliga a los usuarios a identificarse y/o a verificar su edad, para evitar que los menores accedan a contenidos perjudiciales.
En su versión más simple, y menos fiable, esta verificación es puramente declarativa. se limita a preguntar al usuario si es o no mayor de edad, y en caso positivo permite acceder a contenidos no recomendados para menores.
Pero en este terreno ha habido importantes desarrollos tecnológicos, que permiten conciliar la protección de la infancia con las garantías a su privacidad y protección de datos personales. Por ejemplo, evitando el almacenamiento de datos y la identificación positiva mediante la posesión de DNI, los sistemas de reconocimiento facial o biométrico u otros, buscando únicamente descartar a los menores como usuarios condicionando el acceso y bloqueándolo para ellos.
Etiquetado de contenidos
Permite identificar y señalar qué imágenes, locuciones y /o textos pueden ser perjudiciales para los y las menores.
Sin un etiquetado de contenidos previo, sistemático, coherente y armonizado no es posible proteger eficazmente a los menores, porque faltaría la información fundamental para aplicar el control tanto desde la difusión como desde la recepción.
El etiquetado de contenidos se ha centrado tradicionalmente en los sistemas de calificación u orientación por edades, pero progresivamente ha ido incorporando descriptores temáticos que aporten información y aclaren por qué se otorga al contenido una determinada calificación.
La calificación de los contenidos debería ser, en primera instancia, responsabilidad de quienes los crean, elaboran y generan o de quienes los ponen a disposición del público. Pero también pueden encargarse de esa calificación quienes llevan a cabo su difusión; es decir, los prestadores del servicio.
Control desde la creación
Control desde la difusión
Control desde la recepción
Etiquetado de contenidos
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Verificación de edad
Control Parental